INFO DE VALOR / VENDER · CABA · GUÍA

Gastos al vender en CABA: cuánto te queda de una venta en 2026

Una oferta se entiende mejor cuando sabés cuánto te queda. Sobre todo si con esa venta vas a comprar otra propiedad. Acá ordenamos los gastos que tenés que revisar antes de aceptar.

Lujo Visual Propiedades · Actualizado el · 4 min de lectura estimada

Interior con chimenea, pisos de madera y puertas abiertas. Fotografía de Estudio3R.
Fotografía: Estudio3R · Imagen ilustrativa

La cuenta que importa: el neto de la venta

Partí del precio acordado y restá los gastos a tu cargo: honorarios inmobiliarios, Sellos, documentación y las deudas o cancelaciones que correspondan. Si ya recibiste una seña imputada al precio, es parte de lo cobrado; no es un ingreso adicional.

Pedí que cada rubro figure con importe, moneda y responsable de pago. Así podés comparar ofertas sin mezclar el precio publicado con lo que finalmente vas a recibir.

Precio de venta − gastos a tu cargo − deudas y cancelaciones = neto de la operación.

Sellos: revisá la base y el reparto

Para CABA en 2026, Sellos es 2,7% si la base no supera $226.100.000 y 3,5% sobre el total si lo supera. La base es el mayor entre precio, valuación fiscal y VIR. El reparto se acuerda entre las partes; la escribanía debe verificar las exenciones aplicables.

Ejemplo sin exención: con una base de $200.000.000, el impuesto total es $5.400.000. Si se pacta mitad a cargo de cada parte, al vendedor le corresponden $2.700.000. Es una simulación del impuesto, no un presupuesto completo de venta.

Aclaración: En la gran mayoría de las operaciones inmobiliarias actuales, el precio de mercado supera ampliamente a la valuación fiscal y por lo general también al VIR, por lo que el precio de venta suele ser el que termina definiendo la base imponible. Sin embargo, el escribano interviniente está obligado por ley a realizar la compulsa de los tres y tomar el mayor.

Honorarios y documentación: dos rubros distintos

Los honorarios inmobiliarios deben estar acordados antes de comercializar: porcentaje o importe, base de cálculo, IVA cuando corresponda y momento de pago.

Además, hay gastos para transmitir el inmueble en condiciones. Salvo pacto en contrario, el artículo 1138 del Código Civil y Comercial asigna al vendedor el estudio del título y sus antecedentes y, en su caso, mensura y tributos que graven la venta. Pedí a la escribanía el detalle de certificados, estudios y gestiones que correspondan a tu caso.

Una sucesión, un poder o una cancelación de hipoteca pueden sumar trámites. No son gastos presentes en todas las ventas: incluilos solo si tu operación los necesita.

ITI y Ganancias: qué cambió

El ITI fue derogado por la Ley 27.743 en 2024. No corresponde seguir descontando el antiguo 1,5% como si fuera un gasto vigente de toda venta.

Para enajenaciones desde el 1 de enero de 2026, la Ley 27.802 y el Decreto 406/2026 establecen la exención de Ganancias para resultados de personas humanas y sucesiones indivisas comprendidos en el artículo 99 de la ley del impuesto.

Ese alcance importa: no es una exención general para cualquier empresa o actividad inmobiliaria. Si el vendedor es una sociedad, desarrolla una actividad empresarial o tiene una situación especial, su contador debe revisar el tratamiento. Tampoco elimina Sellos ni los demás costos de la operación.

Lo que puede descontarse al escriturar

Pedí saldos actualizados y dejá asentado hasta qué fecha paga cada parte. Una deuda que se cancela con el precio reduce el dinero disponible para tu próxima compra, aunque no sea un impuesto de venta.

  • Saldos de expensas, ABL y servicios que correspondan al vendedor.
  • Deuda hipotecaria y gastos de cancelación, si existe una hipoteca.
  • Retenciones o ajustes que surjan de certificados y de lo pactado sobre la entrega.

Si vendés para comprar, armá las dos cuentas

El neto de esta venta es el punto de partida del presupuesto de tu próxima compra. A esa segunda operación también tenés que sumarle sus gastos y coordinar fechas, anticipos y disponibilidad del dinero.

En Lujo Visual, esa conversación forma parte de la planificación de la venta. Contanos qué querés hacer después de vender para trabajar con ese objetivo desde el comienzo.

Fuentes y actualización

Esta nota se publica a mero título informativo. Su contenido debe ser cotejado con las normativas notariales e impositivas vigentes a la fecha de la operación por el escribano y, cuando corresponda, el contador intervinientes. No reemplaza el asesoramiento profesional ni la liquidación del caso concreto.

LO CONVERSAMOS

¿Estás pensando en vender?

Contanos en qué momento estás y qué necesitás resolver.

Consultar